|
Comentarios de Españoleces

Adquisición nacionalidad Española (hijos y nietos) Actualmente la legislación española prevé la adquisición de la nacionalidad por los nietos de españoles de origen siempre y cuando sean residentes legales en España durante un plazo de un año. y también se prevé la adquisición de residencia legal en España por parte de los hijos de españoles de origen. O sea que se deberá tener en cuenta el hecho de la residencia. Para el caso que el hijo de españoles de origen viven en exterior, deberá realizarse la gestión ante el Consulado del país donde reside. Como se puede obtener una partida de nacimiento de padre o abuelo español Es imprescindible conocer el lugar donde nació el padre o abuelo. Hay que recordar que debido a la existencia de la guerra civil, muchos archivos fueron destruidos. Pero si se tiene el lugar de nacimiento hay dos opciones, una es concurrir a la oficina del registro civil de esa localidad y solicitar el certificado de nacimiento, que se llama partida literal; la otra opción es concurrir a la parroquia del lugar de nacimiento pues hay iglesias que conservan esos datos. En resumen, si no se conoce el lugar de nacimiento es bastante difícil obtener la partida de nacimiento, aunque España este en el primer mundo. Cuanto se demora para obtener la nacionalidad española Frente a esta interrogante, corresponde indicar que no puede establecerse ninguna fecha ni aproximada, una vez que se hayan presentado todos los documentos exigidos por la ley española. Hay lugares como Madrid, en la que se estan dando citas para el año 2010 , y en otros lugares según nos han comentado para el año 2011. Con el conflicto que actualmente existe en el Poder Judicial mucho me temo que estas fechas puedan ser superadas. ¿ Que hacer ? Pues comprarse unos cuantos kilos de yerba para nerviosos y tener la esperanza de no morirse antes de la cita. Que hacer cuando se obtiene la ciudadania y antes se tenia un NIE Para este caso debe seguirse el mismo tramite que cuando se produce un cambio de domicilio normal.. Existe la obligación de notificar cualquier variación que se produzca ya sea por cambio de residencia o por la obtención de un nuevo documento. Estos datos o variaciones deben comunicarse a todos los organismos oficiales, Ayuntamientos, Seguridad Social, Hacienda, Tarjeta Sanitaria, Extranjeria, Bancos etc. ¡¡¡¡¡¡¡ NUNCA MAS INMIGRACIÓN !!!!!!!!!!! |