IRPF en Uruguay . Segundo Capitulo El Gobierno debe actuar

IRPF en Uruguay . Segundo Capitulo El Gobierno debe actuar

IRPF EN URUGUAY : AHORA ES CONSTITUCIONAL

SEGUNDO CAPITULO . EL GOBIERNO DEBE ACTUAR CON URGENCIA



En el articulo anterior, sobre la aplicación del IRPF en Uruguay, me planteaba cierta sorpresa acerca de la resolución adoptada por la Suprema Corte de Justicia, al considerarlo inconstitucional en lo relativo a su aplicación sobre las pasividades.

Parece que la discusión ha sido entretenida entre los que apoyaban y politizaban dicha decisión negativa a los intereses del gobierno y quienes en reiteradas oportunidades manifestaron el acatamiento al dictamen judicial.

Hoy nos enteramos, de que frente a nuevos expedientes cursados , ha cambiando la opinión de la Suprema Corte ( también ha cambiado su integración por jubilación de un miembro ) quien considera , ahora , que es totalmente legitimo que se aplique este impuesto a todos los ingresos incluyendo las jubilaciones.

Mas allá del cambio , lo importante es reconocer que se ha cometido y se esta cometiendo todos los dias , una grave injusticia.

En efecto a un grupo de 1700 jubilados privilegiados , por cierto con muy buenas jubilaciones , entre las que se encuentran las correspondientes a ex Presidentes y altos militares, no se les puede aplicar el impuesto, mientras que el resto de los pasivos , deberá abonarlo rigurosamente.

Frente a esta realidad, el Gobierno , si es sensible a los problemas sociales, no debe dilatar mas , la solución de este disparate , y no le quedan muchas opciones,

Debe proceder a la derogación inmediata del IRPF , pues postergar la injusticia social que se esta cometiendo, es atentar contra principios que se supone son prioridad del Ejecutivo, como la igualdad de todos ante la ley.

Manuel Varela

 
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